Acuerdo de Asociación Colombia UE
Información General
Encuentre las respuestas dadas por el Gobierno a las principales inquietudes que tienen los colombianos sobre el TLC con la Unión Europea.
Esta es una pregunta importante porque debemos aclarar que se trata, realmente, de un Acuerdo de Asociación, es decir que tiene mayor alcance que un Tratado de Libre Comercio (TLC), porque involucra tres componentes: diálogo político, programas de cooperación y libre comercio. Sin embargo, para efectos prácticos podemos llamarlo Acuerdo Comercial.
Porque las oportunidades que se abren para nuestra economía son muy grandes, pues, según la Organización Mundial del Comercio (OMC), se trata del primer importador y exportador mundial de bienes, con cifras estimadas a 2011 en USD 1.690 miles de millones y USD 1.952 miles de millones, respectivamente. Así mismo, la UE ocupa el primer lugar en el mundo en compra y venta de servicios, con USD 1.553 miles de millones y USD 1.394 miles de millones, en su orden.
Para que, por un lado, les permitamos a nuestros empresarios, no solo tener una relación comercial preferencial y permanente en un mercado con alto poder adquisitivo, sino que también puedan importar sin aranceles, las materias primas y maquinarias para repotenciar sus empresas. Y de otro, para que los consumidores locales cuenten con una oferta más variada en cuanto a productos, precios y calidad.
Ganamos mucho, en la medida que, como ya lo mencioné, vamos a llegar a un mercado de 503 millones de consumidores con alto poder adquisitivo; se facilitará la adquisición de bienes de todo tipo para los consumidores y empresarios colombianos; se promoverán los flujos de inversión entre la UE y Colombia gracias a compromisos de estabilidad, transparencia y protección; y se contará con procedimientos transparentes y no discriminatorios para que nuestras empresas participen en compras públicas.
Este proceso entre Colombia y la Unión Europa abarcó la negociación de un total de 14 capítulos, siendo el más importante el de Acceso a Mercados, que involucra la desgravación arancelaria para bienes agrícolas, así como para los industriales.
También estuvieron sobre la mesa los capítulos de Asistencia Técnica y Fortalecimiento de las Capacidades Comerciales; Solución de Controversias; Asuntos Institucionales; Comercio y Desarrollo Sostenible; Propiedad Intelectual; Comercio de Servicios, Establecimiento y Comercio Electrónico; Competencia, Compras Públicas; Aduanas y Facilitación al Comercio, Defensa Comercial; Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; Obstáculos Técnicos al Comercio; y Reglas de Origen.
Los productos que se excluyeron de la negociación fueron carne de cerdo, avicultura, maíz y arroz.
Tan pronto sea firmado, el Acuerdo es presentado al Congreso de la República para la aprobación, y posteriormente pasa a revisión de constitucionalidad, para que el Presidente de la República lo ratifique. El trámite de aprobación interna en Colombia puede durar hasta dos años.
En el caso de la UE, el Acuerdo debe ser avalado por el Parlamento Europeo, además de la respectiva aprobación interna en los Estados Miembros, en caso de que la Comisión y el Consejo de la UE determinen que se trata de un Acuerdo de naturaleza mixta, por incluir temas de competencia de dichos Estados.
En la UE, el Colegio de Comisarios prepara y aprueba dos documentos mediante los cuales pide autorización al Consejo, tanto para firmar el Acuerdo y aplicarlo provisionalmente, como para concluirlo (previa aprobación del Parlamento Europeo). Si hay consenso, la puesta en marcha del acuerdo podría darse a finales de este año o a comienzos de 2013.