Colombia, 29 de Enero del 2024

Medidas de salvaguardia en Colombia

Submitted by admin on Wed, 10/09/2024 - 12:54
Colombia, 29 de Enero del 2024

Medidas de salvaguardia en Colombia

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Equipo Legiscomex
Medidas de salvaguardia Colombia

Las salvaguardias, al igual que los derechos compensatorios y antidumping, son una medida de defensa comercial a nivel internacional, que pueden aplicar los países en circunstancias que afecten su producción nacional. Sin embargo, a diferencia de los derechos compensatorios y antidumping, las salvaguardias no son una medida que se imponga como correctivo ante una práctica “desleal” de un gobierno o una empresa, sino que se aplican como una medida de “urgencia” cuando las importaciones de un producto han aumentado en tal cantidad y se realizan en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a los productores nacionales de productos similares o directamente competidores, por lo tanto, esta medida solo se puede aplicar durante el tiempo que sea necesario para prevenir o reparar ese daño y, adicionalmente, puede generar una compensación para quienes resulten afectados.

 

Las medidas de salvaguardia generalmente adoptan la forma de suspensión de concesiones u obligaciones y pueden consistir en restricciones cuantitativas de las importaciones o en un incremento arancelario.

 

Normativa en Colombia:

 

Normativa en Colombia según el tipo de salvaguardia

Salvaguardia general

A las importaciones de productos originarios de países miembros de la OMC 

Decreto 152 de 1998

A las importaciones de productos independientemente de su origen

Decreto 1407 de 1999

Salvaguardia bilateral

Decreto 1820 de 2010, compilado por el DUR 1074 de 2015

Salvaguardia especial agrícola bilateral

Decreto 573 de 2012, compilado por el DUR 1074 de 2015

Salvaguardia textil bilateral

Decreto 731 de 2012

 

  • El Decreto 152 de 1998 es aplicable a las importaciones de productos originarios de países integrantes de la Organización Mundial del Comercio, OMC. Este decreto fue expedido con fundamento en la Ley 170 de 1994, por medio de la cual se incorporó al ordenamiento legal colombiano el Acuerdo por el que se establece la OMC, incluidos el Acuerdo sobre salvaguardias, el Acuerdo sobre los textiles y el vestido que consagra la salvaguardia de transición textil, y el Acuerdo sobre la agricultura que consagra la salvaguardia especial agropecuaria.

 

  • El Decreto 1407 de 1999 es aplicable a las importaciones de un producto independientemente de su origen, cuando se ha determinado que una proporción importante de la rama de producción nacional ha sufrido o puede llegar a sufrir daño por causa del incremento de las importaciones de un producto similar o directamente competidor o que las importaciones se han realizado en condiciones inequitativas. La medida de salvaguardia que puede imponerse conforme a este decreto consiste exclusivamente en un gravamen arancelario. En el evento en que el país exportador sea miembro de la OMC, solamente puede aplicarse este decreto cuando el incremento arancelario solicitado no supere el nivel consolidado por Colombia.

 

  • Por su parte, el Decreto 1820 de 2010 se aplica cuando se ha determinado que las importaciones de una mercancía originaria de un Estado, con el cual Colombia tiene vigente un acuerdo comercial, aumentan como resultado de la reducción o eliminación de un arancel aduanero en virtud del respectivo acuerdo comercial, en tal cantidad que constituyan una causa sustancial de daño grave o amenacen causar un daño grave a la rama de producción nacional de mercancías similares o directamente competidoras. Estas medidas pueden consistir en un incremento del arancel o en la suspensión de la reducción arancelaria establecida en el respectivo acuerdo comercial, salvo que dentro del respectivo acuerdo se disponga algún otro mecanismo de imposición de la medida. Esta norma no aplica a las salvaguardias andinas.

 

  • El Decreto 573 de 2012 establece el procedimiento de aplicación de salvaguardias especiales agrícolas pactadas en el marco de los distintos acuerdos comerciales internacionales vigentes para Colombia, distintos de la Organización Mundial de Comercio. 

 

  • El Decreto 731 de 2012 establece el procedimiento para la adopción de medidas de salvaguardia textil en el marco de los acuerdos comerciales internacionales vigentes para Colombia. En él se señala que en estos casos es aplicable el procedimiento establecido en el Decreto 1820 de 2010, en tanto sea compatible con el acuerdo comercial respectivo.

 

Bienes sometidos a medida de salvaguardia en Colombia

 

Mediante el Decreto 1897 de 2023 se adoptó una medida de salvaguardia provisional a las importaciones de cloruro de polivinilo (PVC) tipo suspensión, clasificado por la subpartida arancelaria 3904.10.20.00, originario de la República de Corea.

 

También se encuentran en curso otras 2 investigaciones:

 

  • A las importaciones de barras de hierro o acero corrugadas para refuerzo de concreto, clasificadas por la subpartida arancelaria 7214.20.00.00, originarias de la Subregión Andina.

 

  • A las importaciones de alambrón de hierro o acero sin alear o de los demás aceros aleados, de sección circular con diámetro inferior a 14 mm, con un contenido de carbono inferior a 0.45% en peso, clasificados por las subpartidas arancelarias 7213.91.90.10, 7213.91.10.10, 7227.90.00.11 y 7227.90.00.91.

 

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