Es un acuerdo contractual entre dos o más empresas, conformada por un socio local y otro extranjero, que comparten activos, beneficios y riesgos, donde el socio local suele aportar activos intangibles como el conocimiento del mercado, relaciones con clientes, acceso a canales de distribución, contactos y el socio extranjero aporta capital y tecnología, principalmente.
Es importante resaltar que en muchos países, las empresas internacionales no pueden invertir en instalar una empresa a no ser que lo hagan en asociación con una empresa local; ya que muchos gobiernos de países en desarrollo, como es el caso de la India, exigen que las empresas internacionales formen empresas conjuntas con las locales, en las que estas últimas deben poseer más del 50% del capital de la nueva sociedad.
Ejemplo
Cuando las tiendas Juan Valdez decidieron abrir sucursales en otros países, acudieron a este acuerdo, Join Ventures, para no tener que crear nuevas empresas en el exterior, simplemente, se decidió aportar capital y asumir riesgos compartidos para alcanzar el objetivo.